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BLOG 2: Tema 2

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¿A) Qué es la Inspección Laboral y cuál es su importancia nacional e internacionalmente?

La inspección del trabajo y la organización internacional del trabajo (OIT) indica que la inspección del trabajo es una función pública que vela por el cumplimiento de la legislación laboral en el centro de trabajo, delineada por el convenio OIT N° 81. Así mismo, su papel principal es lograr que se cumpla con la ley en los centros de trabajo, desarrollando medidas preventivas, educativas y donde resulte necesario, coercitivas. Las funciones de los servicios de inspección del trabajo son muy similares en todo el mundo dado que deben estar en concordancia con aquellos establecidos por los convenios de la OIT.

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La inspección del trabajo es el instrumento más importante de la presencia del Estado para diseñar, estimular y contribuir al desarrollo de una cultura de prevención.

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Nuestro país y 143 países más que han ratificado el Convenio OIT N° 81 sobre la inspección de trabajo, deberán disponer de un adecuado marco jurídico sobre inspección del trabajo para hacer efectiva la función pública de vigilancia y control, que no sólo ha de estar integrada por normas ordenadoras del sistema de inspección, sino también por el conjunto de normas que regulen su sistema sancionador. 

​ B) ¿Cuál es el organismo encargado de realizar e implementar la LOPCYMAT, sus facultades, potestades y atribuciones?

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 C) ¿Cómo actúa la Inspectoría del Trabajo y EL INPSASEL? Explicar si lo hacen junto o separadamente, tutela legal (Administrativa y Judicial).

Ambos actúan de manera conjunta, pero con procedimientos administrativos individuales, toda vez que las funciones y competencias de la Inspectoría del Trabajo se encuentran establecidas en el Artículo 507 de la Ley Orgánica del Trabajo, de los Trabajadores y Trabajadoras (L.O.T.T.T.), y las funciones y competencias del Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL) están establecidas en el Artículo 18 de la Ley Orgánica de Prevención, Condiciones y Medio Ambiente de Trabajo.

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El Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social (MINPPTRASS), el cuenta con dos Viceministerios: el Viceministerio de Seguridad Social y el Viceministerio del Trabajo; dentro del organigrama de este último se encuentra la Dirección de Inspección y Condiciones de Trabajo, la cual tiene por objetivo principal diseñar, coordinar, dirigir y controlar las políticas laborales referidas a la aplicación y desarrollo del Sistema Nacional de Supervisión del Trabajo a través de las Unidades de Supervisión del Trabajo, órganos operativos dentro de las Inspectorías del Trabajo, encargados de ejecutar la labor de inspección del trabajo.

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Tanto la Inspectoría del Trabajo como el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), se encuentran bajo el Control Tutelar Legal por parte del Ministerio del Poder Popular para el Trabajo y Seguridad Social (MINPPTRASS) por ser el Órgano Rector con competencia en materia de seguridad y salud en el trabajo.

D) ¿Qué es lo que se inspecciona, derechos, obligaciones de los patronos o empleadores, derechos y obligaciones de los trabajadores?

  LOTTT Artículo 4º. En ejercicio de las atribuciones previstas en la Legislación Laboral, las autoridades administrativas o judiciales del trabajo, por imperativo de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, están facultadas para lograr que sus decisiones administrativas o judiciales restituyan la situación jurídica infringida de carácter laboral, y aplicarán los correctivos y medidas tendientes a lograr la ejecución de esas decisiones en el ámbito de aplicación de esta Ley.

 

    La inspectoría del trabajo se asume como la labor que el estado realiza con el propósito de velar por el cumplimiento de las disposiciones legales en materia laboral dentro del ordenamiento jurídico vigente para prevenir o corregir conflictos o riesgos laborales entre los actores laborales, y de esta manera encaminar los procesos productivos hacia buenos resultados económicos y sociales, considerando a trabajadores y empleadores como los grandes aliados para ese propósito, razón por la cual su competencia es vigilar el cumplimiento de las normas de trabajo, haciendo énfasis en los derechos y obligaciones de los trabajadores y patrones; las normas que regulan el trabajo de las mujeres y los menores; y las normas sobre la seguridad e higiene.

Entre sus funciones están:
  • Cumplir y hacer cumplir las disposiciones de esta ley, su reglamento, demás leyes vinculadas y las resoluciones del ministro o ministra del poder popular con competencias en materia de trabajo en la jurisdicción territorial que le corresponda.

  • Acopiar los datos necesarios para la elaboración del informe anual sobre la situación laboral que debe elaborar el ministerio del poder popular con competencia en materia de trabajo.

  • Mediar en la solución de reclamos individuales de trabajadores y trabajadoras y ordenar el cumplimiento de las normas de condiciones de trabajo, de salud y de seguridad laboral y las de protección de la familia, la maternidad y la paternidad.

  • Vigilar el cumplimiento de la protección del estado o inamovilidad laboral de los trabajadores y trabajadoras que las leyes, reglamentos, decretos, resoluciones, convenciones colectivas indiquen.

  • Proteger y facilitar el ejercicio de la libertad sindical, la organización autónoma de trabajadores y trabajadoras, el derecho a la negociación colectiva, y el ejercicio por trabajadores trabajadoras, del derecho a huelga dentro de la jurisdicción territorial que le corresponda.

  • Imponer sanciones por incumplimiento a la ley y a la normativa laboral dentro de su jurisdicción territorial.

  • Las demás establecidas en las leyes laborales y sus reglamentos, así como aquellas que le designe el ministro o ministra del poder popular con competencia en materia de trabajo y seguridad social.

E) ¿Cuál es la jerarquía normativa de la Inspección Judicial en Venezuela?

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